¿Que significa CAP?
Las siglas CAP corresponden a Certificado de Aptitud Profesional. Es un certificado para conductores de determinados vehículos (Autobuses y Camiones), exigido por la Unión Europea según Directiva 2003/59 del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de Julio de 2003.
Para dar cumplimiento a esa directiva se acuerda en el Consejo de Ministros de 24 de Junio de 2005, desarrollar las medidas necesarias en el sector del transporte por carretera, las cuales se acuerdan en Consejo de Ministros de 21 de Octubre de 2005.
La Ministra de Fomento y el Ministerio de Interior de acuerdo con el Consejo de Estado y el Consejo de Ministros, acuerdan el 21 de Julio de 2007, «REGULAR LAS CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL CAP, mediante Real Decreto 1032/2007 (BOE nº 184, 2 de Agosto de 2007) que entra en vigor el 3 de Agosto de 2007.
Al tener las competencias en materia de transporte la Junta de Andalucia, sale en el BOJA nº 4 de 08/01/2009, la resolución por la que se convoca las pruebas para la obtención del CAP.
INFORMACIÓN CONDUCTORES PROFESIONALES
Formación Contínua:
Deben obtener el certificado de formación contínua, las personas que esten exentas del certificado inicial, según el calendario oficial, que va en función de la terminación del número del permiso de conducción.
CATEGORÍAS D1, D1-E, D Y D-E (EXPEDIDOS ANTES DEL 11/09/08):
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CATEGORÍAS C1, C1-E, C Y C-E (EXPEDIDOS ANTES DEL 10/09/09):
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